• A pocos días del Plebiscito de salida en donde se Aprueba o Rechaza la Nueva Constitución, y cuyo voto es de carácter obligatorio es necesario reforzar algunas recomendaciones

Al igual que en otros procesos eleccionarios, el voto asistido formará parte de esta nueva elección, la cual consta de un protocolo especial a modo de resguardar a los votantes que posean alguna discapacidad. La Ley Nº18.700 sobre votaciones populares y escrutinios, garantiza que todo ciudadano y ciudadana con derecho a sufragio, mayor de 18 años, puedan votar. Si bien las personas con discapacidad debiesen siempre tener preferencia en las filas para ejercer su derecho cívico, en algunas ocasiones, el criterio colectivo y de los mismos vocales de mesa, ha demostrado lo contrario haciéndolos esperar por largos periodos.

Según cifras del Ministerio de Desarrollo Social y Familia en el país hay más de 2 millones y medio de personas mayores de 18 años con discapacidad que se encuentran habilitados para votar (1), quienes principalmente presentan discapacidad visual y movilidad reducida.

Cristina Gil, Directora de Centro Barlovento comenta que “el voto asistido se encuentra vigente desde 2007 bajo la ley N° 20.183, sin embargo siempre surgen muchas dudas, como quién puede acompañar, cómo debe ser la votación y muchas otras más, las cuales queremos resolver en base a la información que ha proporcionado directamente Servel y el propio Gobierno”. Las recomendaciones para personas que necesiten voto asistido, son:

  • Las personas con discapacidad intelectual pueden ejercer su voto siempre y cuando estén incluidas en los padrones electorales respectivos. Para eventuales dudas, visitar el sitio web de Servel.
  • Las personas con discapacidad pueden ejercer su voto acompañadas de un familiar, persona de confianza el cual debe ser mayor de 18 años, animal de asistencia o solicitar ayuda al presidente de mesa.
  • Adultos mayores que lo necesiten, también podrán optar al voto asistido.
  • El carnet de discapacidad no sirve para ejercer el voto. Los únicos documentos aceptados son carnet de identidad, el cual puede estar vencido desde el 1 de octubre de 2019 y pasaporte. No se aceptan fotocopias ni comprobantes de renovación.
  • Personas con discapacidad visual deben pedir al presidente de mesa la cartilla especial en sistema braille.
  • Servel ha dispuesto un canal de atención especial para personas con discapacidad auditiva el cual cuenta con lengua de señas para entregar información.
  • Si una persona no puede ingresar a la cámara secreta ya sea porque la silla de ruedas no entra o hace su votación desde una camilla, es deber de la mesa aceptar el voto fuera de la cámara.

Cabe destacar que una persona con discapacidad tiene los mismos derechos y deberes que cualquier otro compatriota, por lo cual, si no puede asistir a votar o ser vocal de mesa debe justificar su ausencia en el Juzgado de Policía Local cuando sea citado.

Este próximo domingo 4 de septiembre se debe Aprobar o Rechazar la propuesta de Nueva Constitución y es importante revisar en servel.cl si se mantiene el mismo local de votación, ya que en beneficio de los votantes, se realizaron modificaciones.

Fuente: https://www.desarrollosocialyfamilia.gob.cl/n

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