DEFENSA PERUANA RECONOCE QUE DECLARACIÓN DE SANTIAGO ES UN TRATADO, PERO NO ACUERDO DE LÍMITES

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Los representantes de Perú realizaron este martes la segunda ronda de alegatos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya sobre el conflicto sobre su frontera con Chile en el Pacífico, que Santiago considera fijadas y Lima rechaza.

Imagen: Frank van Beek | ICJ ©

La intervención de Perú, que la semana pasada ya negó que los tratados firmados en 1952 y 1954 hubieran fijado el límite en el Pacífico, se enfocó en el inicio de los alegatos en criticar los argumentos de Chile, afirmando que existen incoherencias y malas interpretaciones de los acuerdos.

La segunda parte la inició el abogado estadounidense Rodman Bundy, quien reafirmó lo señalado previamente reiterando que el Punto de Concordia marca el inicio de la frontera terrestre, y no el Hito 1, indicando que “ése debe ser el punto de partida para la delimitación marítima”.

“Ni en la Declaración de Santiago, ni en el acuerdo de 1954 citan el Hito número 1 ni a un paralelo que lo atraviese. Apareció recién en 1968 y 1969 en relación con los arreglos de los faros, de manera que se puede preguntar: Según la teoría de Chile, ¿qué delimitacion marítima estuvo trazada en esos 16 años”, afirmó.

“Perú simplemente pide a la Corte que falle que la delimitación marítima parte en el punto de Concordia”, pues a su juicio “Chile no puede impugnar que el término de la frontera terrestre” se encuentre en ese sector, concluyó el abogado norteamericano.

ALLAIN PELLET: DECLARACIÓN DE SANTIAGO ES UN TRATADO, PERO NO UN ACUERDO DE DELIMITACIONES.

Tras la participación de Rodman Bundy, tomó la palabra Allain Pellet quien criticó los argumentos de la parte chilena, señalando que “Chile ha dedicado poquito tiempo en justificar su extraña postura”, añadiendo respecto al denominado triángulo exterior, que “el alta mar es una zona donde Perú tiene ipso facto derechos soberanos”.

“El triángulo exterior no es high seas, se trata de una zona en la que Perú tiene, exclusión de cualquier otro Estado, derechos soberanos de jurisdicción que le reconoce el Derecho Contemporáneo de la mar”, puntualizó el jurista.

Pellet argumentó que a su juicio “lo que pretende Chile es privar al Perú de sus derechos sobre el triángulo exterior, lo que agrava la injusticia ya muy marcada que resultaría del establecimiento de una frontera marítima a partir del paralelo”.

“Los acuerdos de las partes no tienen relación alguna con el triángulo exterior. Perú no hubiera dado su visto bueno a una situación tan inequitativa como lo planteado por Chile”, acusó pues según alegó, pretender imponer una solución equitativa no supone una norma imperativa del derecho internacional.

“Lo único que pide Perú es que también tiene un derecho de que la plataforma continental se extienda hasta las 200 millas marinas”, dijo Pellet, quien hechó mano a la popular red social Twitter para resumir su argumento.

“Si en pocas palabras tuviese que describir como se hace en Twitter en qué consiste la tesis de la parte chilena, propondría lo siguiente: Por descuido Perú abandonó en 1952 derechos de que no disponía en zonas marinas (…) aún cuando ningún acuerdo de delimitación ulterior hubiese sido concluido entre los dos países, hoy no puede reivindicar los derechos en cuestión… fin de estetweet, dijo Pellet.

“La Declaración de Santiago es un manifiesto, una declaración de política que pretenderán seguir los signatarios con miras de velar por la conservación y protección de los recursos naturales y la reglamentación de su utilización con el fin que sus países los puedan aprovechar al máximo”, sentencia el jurista francés, quien agrega que dicho documento “es tratado pero lo que no es, es un acuerdo de delimitaciones” pues sólo tenía como objetivo evitar conflictos entre los pescadores.

“No existe frontera marítima acordada entre Chile y Perú. Les corresponde a ustedes definir dónde está la frontera para dar una solución equitativa”, sentenció el abogado europeo.

La CIJ procederá luego a fijar la frontera entre los dos países, en un fallo inapelable, que podría darse a conocer a mediados de 2013 y que ambos países se han comprometido públicamente en respetar.

La atención del juicio cobró mayor importancia tras un fallo pronunciado el mes pasado por el mismo tribunal, sobre un conflicto fronterizo marítimo entre Nicaragua y Colombia, tras el cual Bogotá anunció su salida de la jurisdicción de la CIJ por considerarlo injusto.

Ese fallo, calificado de “salomónico” por los observadores, suscitó inquietud en varias capitales -incluyendo la chilena, de manera extraoficial- donde se impugna que partes querellantes con poco para perder se lleven sistemáticamente su tajada en La Haya.

Frank van Beek | ICJ ©

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PERÚ CIERRA ALEGATOS ORALES ACUSANDO A CHILE DE CONTRADECIR NORMAS DEL DERECHO DEL MAR.

Al cerrar este martes la fase oral por el diferendo marítimo, el agente peruano Allan Wagner refutó las argumentaciones de nuestro país en cuanto a que el límite se funda en los tratados de 1952 y 1954, denunciando además ante los jueces de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya que “Chile quiere adjudicarse esos recursos contradiciendo las normas del derecho del mar y las normas del Perú”.

“La historia muestra que el Perú no ha guardado silencio por falta de interés, ha actuado de la misma forma que cualquier estado, establece prioridades a la hora de ocuparse de asuntos delicados de su política exterior”, aclaró en la oportunidad el embajador peruano.

A su juicio “Chile ha sugerido la exagerada solución de disociar el punto de partida de la delimitación marítima del punto final de la delimitación terrestre”.

El agente peruano además recordó que “en 1995, tuvo lugar un conflicto armado entre Perú y Ecuador, los países garantes participaron activamente para alcanzar la paz. Chile tuvo un papel importante en este proceso. En 1998, el acta presidencial de Brasilia permitió al Perú y Ecuador lograr un entendimiento que no se había alcanzado antes”.

Wagner precisó además que “el 2011, el Perú y Ecuador establecieron un acuerdo, mediante el intercambio de notas. Este acuerdo refleja una asociación equitativa conforme al derecho internacional”.

Igualmente manifestó que cuando se firmó la Declaración de Santiago “el Perú no tenía la más mínima intención ni estaba preparado para firmar límites marítimos”.

“El Perú espera confiado su fallo, por lo que ustedes definirán conforme a lo establecido por el Derecho Internacional, una frontera marítima equitativa”, señaló Wagner dirigiéndose a los jueces.

Junto con agradecer a los magistrados su labor, el agente peruano destacó también a la contraparte chilena por la profesionalidad empleada al momento de dar alegatos.

Al finalizar su intervención peruana en La Haya, Wagner sostuvo que “por los motivos estipulados en las audiencias orales, La República del Perú pide a la corte lo siguiente: La delimitación de las respectivas zonas marítimas entre el Perú y Chile, es la línea que inicia en el Punto Concordia (…) hasta un punto situado a una distancia de 200 millas marinas de la línea de base”.

El agente peruano concluyó señalando que su país tiene derecho a ejercer derechos soberanos exclusivos respecto de una forma marítima que se extiende hasta una distancia de 200 millas marinas a partir de sus líneas de base.

La segunda y última ronda de alegatos tendrá lugar este martes y el viernes, cuando Chile haga su ponencia. La CIJ procederá luego a fijar la frontera entre los dos países, en un fallo inapelable, que podría darse a conocer probablemente a mediados de 2013.

Sala de Prensa – El Huemul

Fuente: Biobiochile.cl

 

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